Sanciones por demora, tipos de interés, indemnizaciones a tanto alzado… A veces resulta difícil entender el laberinto de sanciones económicas que se aplican en caso de impago. Cuando se trata de contratos públicos, el impago de una factura a un proveedor se penaliza con intereses al tipo más alto, tal y como establece el Código de Contratos Públicos francés. Definición, tipos y métodos de cálculo: le explicamos todo lo que necesita saber sobre los intereses de demora en esta completa guía.
¿Qué son los intereses de demora?
Los intereses de demora se definen en los artículos L2192-12 y siguientes del Código de Contratos Públicos francés como la penalización por retraso en el pago. Este interés adicional lo paga un organismo público a su proveedor o prestador de servicios si su deuda no se paga a tiempo.
No existe ninguna dificultad para caracterizar la morosidad: de hecho, en el contexto de la ejecución de un contrato público, los plazos de pago son contractuales o están predeterminados en función del cliente. Van de 30 a 60 días, según el tipo de organismo público. Si una factura no se paga en este plazo, ya sea por el saldo o a cuenta, el proveedor o prestador de servicios impagado tiene derecho a un recargo en forma de intereses de demora.
La finalidad de este recargo es compensar al acreedor (en este caso, el titular del contrato) por la pérdida causada por el retraso en el pago. Como tal, el interés de demora no tiene que ser reclamado para ser pagadero. Se pagan ipso iure y el tipo se fija por decreto. Además, el pago de intereses de demora va acompañado automáticamente de una indemnización fija por gastos de cobro de 40 euros.
¿Le gustaría descubrir las mejores prácticas de la «Cash Culture»? Descubra en nuestro libro blanco cómo explorar un nuevo enfoque de la «cultura de caja» en el que su gestor de créditos y sus clientes se conviertan en verdaderos protagonistas del rendimiento de su empresa.
Intereses de demora, contratos públicos y privados: ¿cuáles son las diferencias?
La aplicabilidad de los intereses de demora como tales se limita a los contratos públicos, es decir, los contratos entre un organismo público y su prestador de servicios o proveedor. En el caso de los contratos privados, se utiliza el término «intereses de demora» en lugar de «penalizaciones por retraso».
El punto de partida para calcular los intereses también es diferente, ya que el plazo de pago de las facturas puede fijarlo el obligado principal en sus Condiciones Generales. No obstante, no puede ser superior a 60 días.
Por último, el tipo de interés de demora y las penalizaciones por retraso en el pago son diferentes, aunque se calculan sobre la misma base que el tipo de base fijado por el Banco Central Europeo. Corresponde al tipo de base más 8 puntos en el caso de un contrato público, y más 10 puntos en el caso de un contrato comercial privado. Sin embargo, en este último caso, es posible reducirlo contractualmente, sin poder bajar de 3 veces el tipo de interés legal.
Cada seis meses, los poderes públicos fijan por decreto el tipo de interés legal. Este tipo de interés legal se utiliza como referencia para calcular los intereses de demora y las sanciones por retraso en los pagos.
Sin embargo, hay un punto en común: la aplicación de la indemnización fija de 40 euros por gastos de cobro es obligatoria independientemente del tipo de cliente, público o privado.
¿Cuándo se devengan intereses de demora?
Se considera que se ha producido retraso en el pago cuando se supera el plazo de pago legal o contractual. Por lo tanto, el derecho a percibir intereses de demora empieza a correr ipso iure a partir del día siguiente a la expiración de dicho plazo. Por lo tanto, no es necesario que el acreedor formalice la exigibilidad de los intereses mediante el envío de una carta certificada.
Los plazos legales de pago varían según el tipo de cliente del sector público:
- Plazo estándar de 30 días para ministerios, departamentos gubernamentales, autoridades locales, etc.
- 50 días para los establecimientos sanitarios públicos y militares.
- 60 días para las empresas públicas.
El periodo de cálculo para tener derecho a los intereses de demora finaliza el día siguiente al pago de la deuda.
¿Cuáles son los tipos de interés de demora?
El tipo de interés de demora se basa en el tipo clave o tipo de refinanciación fijado por el Banco Central Europeo cada seis meses, más un porcentaje determinado. Para definir el tipo, hay que distinguir en función de si el contrato impagado se celebró antes o después del 16 de marzo de 2013, cuando el Decreto nº 2013-269, de 29 de marzo de 2013, modificó las sanciones por morosidad de los organismos públicos.
Anteriormente basados en el tipo de refinanciación del BCE más 7 puntos, los intereses de demora se basarán ahora en el tipo del BCE más 8 puntos para todos los contratos celebrados a partir del 16 de marzo de 2013 y para los créditos que venzan a partir del 1 de mayo de 2013.
Aunque el tipo de refinanciación del BCE ha sido del 0,00% desde 2016, ha subido significativamente desde julio de 2022 en línea con la inflación.
¿Cuál es la tendencia del tipo de interés de demora?
Aquí tienes un cuadro con la evolución del tipo de interés de demora desde el decreto de marzo de 2013:
Fecha |
Tipo de interés legal – Tipo del BCE |
Intereses de demora |
09/08/2022 |
1,250 % |
9,250 % |
07/21/2022 |
0,500 % |
8,500 % |
03/10/2016 |
0,000 % |
8,000 % |
09/04/2014 |
0,050 % |
8,050 % |
06/05/2014 |
0,150 % |
8,150 % |
11/07/2013 |
0,250 % |
8,250 % |
05/02/2013 |
0,500 % |
8,500 % |
¿Cómo se calculan los intereses de demora?
El cálculo de los intereses de demora, para un crédito impagado dentro del plazo reglamentario, se basa en la siguiente fórmula :
Importe adeudado (IVA incluido) x (número de días de retraso / 365) x tipo de interés aplicable.
A esto hay que añadir la comisión de cobro automática a tanto alzado de 40 euros, que se añade al importe principal de la deuda.
El tipo aplicable que debe tenerse en cuenta para determinar el importe de los intereses que deben añadirse es el tipo vigente el día en que comienzan a devengarse los intereses. A modo de ejemplo, consideremos un contrato celebrado en 2020 entre un proveedor de servicios y una institución sanitaria pública.
El 15 de marzo de 2021 se emite una factura de 15.000 euros, con un plazo de pago de 50 días, es decir, una fecha máxima de liquidación del 4 de mayo de 2021. Para un hipotético retraso en el pago de 100 días, los intereses de demora comenzarán a devengarse el 5 de mayo de 2021, al tipo del BCE + 8 puntos, es decir, el 8,000%.
Su importe final será de :
15,000 x (100 / 365) x 8.000% = 328.77 euros
Por lo tanto, el importe total que deberá pagar el establecimiento sanitario a su deudor será el siguiente 15,000 + 328.77 + 40 = 15,368.77 euros.
¿Cómo puedo evitar los intereses de demora?
Si es usted una institución pública o una empresa, la única manera de evitar tener que pagar intereses de demora es pagar sus facturas a tiempo. Con la ayuda de un programa de contabilidad, puedes anticipar tus pagos programándolos con antelación.
Como prestador de servicios o proveedor, puede beneficiarse de la ayuda tanto para contabilizar los recibos de los clientes como para prevenir el riesgo de impago.
¿Qué solución elegir?
Con CashOnTime Allocation, la imputación y liquidación automática de los pagos evita los errores y los litigios que pueden derivarse de ellos. ¿Ha vencido el pago de sus facturas? La solución CashOnTime Collection le permite controlar los importes pendientes y los plazos de pago, evaluando al mismo tiempo el riesgo de impago. Gracias a las alertas en tiempo real, puede realizar un seguimiento sereno de sus clientes, evitando que tengan que pagar intereses de demora y penalizaciones.
Determinar el tipo, calcular las penalizaciones por demora… Aunque los intereses de demora son obligatorios, su aplicación puede resultar tediosa. La plataforma CashOnTime le facilita la tarea y le garantiza una relación sana y duradera con sus deudores, ya sean públicos o privados. No dude en ponerse en contacto con nuestros expertos para anticiparse a cualquier riesgo financiero y optimizar sus relaciones con los clientes.
CashOnTime (publicado por DIMO Software) es la única solución completa del mercado para estructurar la gestión de las cuentas por cobrar, desde el tratamiento automatizado de los pagos hasta el cobro de las deudas.
Solicite una demostración de nuestro software de cobro de deudas.
CONTACTE CON NUESTROS EXPERTOS